Estructura

 

La AMEXCID está conformada por tres grandes órganos de gobierno:

 

- Consejo Consultivo:

Tiene la facultad primordial de contribuir a la formulación del Programa de Cooperación Internacional para el Desarrollo PROCID, cuya elaboración final es responsabilidad de la SRE. Está integrado por un representante titular y un suplente de cada una las Dependencias y Entidades enunciadas en el artículo 15 de la LCID:

 

 

 

- Comité Técnico y de Administración del Fideicomiso:

El Comité Técnico y de Administración del Fideicomiso está integrado por representantes de la Secretaría de Relaciones Exteriores, de la AMEXCID y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, según lo estipula la LCID en su artículo 38. Este comité tiene la función de administrar al Fondo Nacional de Cooperación Internacional, el cual está integrado por las asignaciones presupuestales federales para Programas de Cooperación Internacional, así como por aportaciones financieras y en especie tanto de gobiernos extranjeros y organismos internacionales, como de gobiernos locales y de municipios.

 

- Dirección Ejecutiva

Al frente de la AMEXCID está un Director Ejecutivo, quien es propuesto por la Secretaria de Relaciones Exteriores y es designado por el titular del Poder Ejecutivo Federal (Art. 18 de la LCID). El Director Ejecutivo se encarga de la dirección y administración de la AMEXCID (Art. 14 de la LCID), así como de ejercer las atribuciones y responsabilidades establecidas por la LCID y el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

 

El Director Ejecutivo de la Agencia podrá participar en las sesiones del Consejo Consultivo en calidad de Secretario Técnico del mismo, con derecho a voz, pero sin voto.

 

La estructura de la AMEXCID se compone de cinco Direcciones Generales:

 

Dirección General de Cooperación Educativa y Cultural (DGCEC)

El artículo 37 del reglamento interior de la SRE le confiere a la DGCEC, entre otras, las atribuciones para la elaboración de los lineamientos generales de la política exterior de México en materia de promoción y cooperación cultural, la ejecución, coordinación y difusión de dicha política, así como para promover la imagen cultural de México en el exterior. Lo anterior en colaboración con otras entidades y dependencias gubernamentales y, en su caso, actores internacionales.

 

Dirección General de Cooperación y Promoción Económica Internacional (DGCPEI)

De acuerdo con el artículo 39 del Reglamento Interior de la SRE, la DGCPEI es la encargada de diseñar, dirigir, coordinar e instrumentar las estrategias y actividades que en materia de atracción de inversión extranjera directa, promoción económica, comercial y turística realicen la red de embajadas, consulados y oficinas de México en el exterior; así como colaborar con instituciones gubernamentales de promoción económica y el sector privado nacional, acciones, proyectos y programas de cooperación internacional encaminadas a favorecer el mayor desarrollo económico de México.

 

Dirección General de Cooperación y Relaciones Económicas Bilaterales (DGCREB)

De conformidad con el artículo 40 del Reglamento Interior de la SRE, le corresponde a la DGCREB definir, planear y formular las políticas de cooperación internacional para el desarrollo en el ámbito económico y financiero; coordinar las reuniones de concertación y colaboración económica y financiera de México con el mundo; promover diálogos macroeconómicos y financieros para apoyar el mejoramiento de la gestión de las finanzas públicas a nivel nacional, regional y local; así como promover la cooperación entre las bancas de desarrollo y comercial de México con otros países y el mejoramiento del marco institucional para el desarrollo de los mercados. Todo ello, en coordinación con las dependencias de la Administración Pública Federal competentes.

 

Dirección General de Cooperación Técnica y Científica (DGCTC)

Entre las distintas atribuciones conferidas a la DGCTC en el artículo 41 del Reglamento Interior de la SRE, destacan aquellas que coadyuvan a la definición, planeación y formulación de las políticas de cooperación técnica y científica, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y los planes sectoriales que correspondan.

 

A la DGCTC también le corresponde contribuir en el diseño y promoción de nuevos mecanismos de financiamiento para la ejecución de la CID, coadyuvar en la estructuración e instrumentación de estrategias y políticas de convergencia entre las fuentes de cooperación técnica, tecnológica y científica, multilaterales y bilaterales, así como impulsar esquemas de diversificación que permitan equilibrar el desarrollo de las relaciones internacionales del país, promoviendo para el efecto las capacidades de las instituciones mexicanas de los sectores público, privado, académico y social.

 

Dirección General del Proyecto de Integración y Desarrollo de Mesoamérica

El artículo 40 del Reglamento Interior de la SRE, que corresponde a la Dirección General del Proyecto de Integración y Desarrollo de Mesoamérica (PM), señala que entre las atribuciones se encuentran, promover la coordinación entre las unidades administrativas competentes de la Secretaría, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y las autoridades estatales y municipales, con las instancias pertinentes de los países miembros y los Organismos Internacionales para el diseño, ejecución y seguimiento de los programas y proyectos del Proyecto Mesoamérica; así como impulsar, en coordinación con la Dirección General de Vinculación con las Organizaciones de la Sociedad Civil, la participación del sector privado y otros sectores de la sociedad en los programas y proyectos del PM.

 

 

Última actualización el Miércoles, 06 de Marzo de 2013 10:50
 
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